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martes, 06 enero 2009
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Normativa estatal sobre neumáticos fuera de uso Ver en PDF Imprimir E-Mail a un Amigo
Ha entrado en vigor el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso.

En una nota de prensa hecha pública por el Miniterio de Medio Ambiente, se indica que los contenidos básicos del Real Decreto son los siguientes:

Los neumáticos fuera de uso ya tienen regulación estatal. • Garantizar la recogida y correcta gestión ambiental en el territorio español de los neumáticos puestos en el mercado estatal, con excepción de los neumáticos de bicicleta y aquellos cuyo diámetro exterior sea superior a 1.400 milímetros.

• Atribuir la responsabilidad básica de la correcta gestión de los NFU a los responsables de la puesta en el mercado de los neumáticos nuevos, ya sean fabricantes, importadores o adquirientes en otro Estado de la UE.

• Fomentar la política preventiva mediante la obligación de que los productores elaboren planes empresariales de prevención que identifiquen los mecanismos de fabricación que prolonguen la vida útil de los neumáticos y faciliten la reutilización y el reciclado de los neumáticos al final de su vida útil.

• Establecer obligaciones para los productores de neumáticos tales como garantizar que se alcanzan, como mínimo, los objetivos ecológicos que se establecen en el Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso 2001–2006 y en sus sucesivas revisiones. Identificar la figura del “Generador del residuo” (por ejemplo los talleres de coches) estableciendo sus responsabilidades, entre las que destaca la de hacerse de los residuos de neumáticos que generen como consecuencia de la prestación de un servicio dentro delmarco de sus actividades. En este sentido estarán obligados a entregar los NFU al productor de neumáticos, a un centro autorizado o gestor o gestionarlos por sí mismos.

• Cuantificar unos objetivos ecológicos mínimos de recuperación, reciclaje y otras formas de valorización de los NFU. Para ello el productor de neumáticos estará obligado a garantizar que se alcanzan, como mínimo, los objetivos ecológicos que se establecen en el Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso 2001–2006 y en sus sucesivas revisiones.

Los objetivos ecológicos hoy en vigor son:
  • Recuperación y valorización del 100 por ciento de los NFU troceados generados antes de 2007, incluidos los ya almacenados en los vertederos o depósitos existentes.
  • Prohibición de la eliminación (vertido o incineración sin recuperación energética) de los NFU enteros y de los troceados a partir del 1 de enero de 2006.
  • Reducción en un 5 por 100 en peso de los NFU generados mediante el alargamiento de la vida útil de los neumáticos, la mejora del uso del neumático y de la conducción de los vehículos, entre el 2001 y el 2006.
  • Recauchutado de, al menos, un 20 por 100 en peso de los NFUs de vehículos generados, antes del 1 de enero de 2007.
  • Reciclado del 25 por 100 en peso de los NFU procedentes de vehículos de turismo, antes del 1 de enero de 2007
  • Antes del 1 de enero de 2007, reciclado de, al menos, el 25 por 100 en peso de los NFU procedentes de camiones.

• Diseñar un esquema que permita la participación en las operaciones de recogida y gestión de NFU a todos los agentes económicos que intervienen en el ciclo de vida del neumático, incluidos los recicladores. En particular se abre la posibilidad de poner en práctica Sistemas Integrados de Gestión de del mismo modo que se viene haciendo con otros tipos de residuos.

• Y establecer las modalidades de gestión que pueden ser utilizadas por los productores de los neumáticos. En este último sentido, los productores han apostado por el procedimiento de Sistema Integrado de Gestión (SIG) habiendo constituido ya una entidad sin ánimo de lucro denominada SIGNUS ECOVALOR, que de forma inmediata tramitará sus autorizaciones como SIG en las comunidades autónomas, para responsabilizarse de la correcta gestión ambiental de los neumáticos, una vez que éstos se convierten en residuos.
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